¿Qué hace el censista si se encuentra con alguien que no está en condiciones de responder?

En caso de que haya personas en la Vivienda, pero ninguna se encuentre en condiciones de contestar (estén bajo la influencia de alcohol o drogas o con algún impedimento cognitivo), el censista tendrá que llenar de todas formas los datos del N° de Orden de la Vivienda y Dirección del Cuestionario censal.

Luego, completará la pregunta 1 que es de observación, y en la pregunta 2 registrará morador ausente y traspasará los datos a la Hoja Resumen C2, anotando en las observaciones “Ausencia de persona en condiciones de responder”.

Recuerda que una vez terminado el recorrido en su Sector, el censista debe volver a esta Vivienda
para intentar recuperar la información.

¡ATENCIÓN!

El censista no debe registrar el N° de orden del Hogar dentro de la Vivienda porque no hay moradores presentes.

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